Recomendación de medidas definitivas


Si finalizada la investigación, la Comisión recomienda la aplicación de una medida definitiva, debe remitir dicha recomendación con sus antecedentes y conclusiones, para la decisión del Presidente de la República, a través del Ministro de Hacienda. Una vez que el Presidente se pronuncia respecto a la recomendación hecha por la Comisión, el Ministerio de Hacienda publica en el Diario Oficial el decreto correspondiente, que ordena la inmediata aplicación de dicha medida. En ese momento, asimismo, se hace pública el acta de la sesión de la Comisión, que fundamenta la recomendación respectiva

Si la decisión de la Comisión consiste en la no aplicación de una medida, dicta la pertinente resolución poniendo término a la investigación. Asimismo, dispone la publicación en extracto de dicha resolución, en el Diario Oficial.

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